Conforme a lo establecido en el art. 165 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, y sin perjuicio de las demás autorizaciones que sean procedentes con arreglo a la legislación sectorial aplicable.
Este procedimiento requiere del pago de tasas.
Más información del procedimiento y obtención del justificante de pago de la tasa en el CATÁLOGO DE PROCEDIMIENTOS